Decreto 3075 de 1997
En el siguiente decreto se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
Las disposiciones contenidas en el presente Decreto son de orden público y regulan todas las actividades que puedan generar factores de riesgo por el consumo de alimentos, y se aplicarán a todas las fabricas y establecimientos donde se procesan los alimentos, se preparan, se envasan, almacenan, transportan, distribuyen y comercializan en el territorio nacional; como también a las actividades de vigilancia y control que ejerzan las autoridades sanitarias.
En ellas se tendrá en cuenta para la calidad alimentaria en todo su proceso de manipulación, hasta su comercialización temas como:
- Condiciones básicas de higiene en la fabricacion de alimentos
- Estado de salud, higiene y educacion sobre el tema del personal de manipulacion de alimentos
- Requisitos higienicos de fabricacion
- Requisitos de infraestructura en los establecimientos de procesamiento, preparacion, envasamiento, almacenamiento, etc.
- Control de calidad en la producción
- Saneamiento
- Almecenamiento, distribución, transporte y comercialización
- Manipulación tanto de la fabrica como en el lugar que se comercialice
- Vigilancia y control
- Todo lo concerniente a medidas sanitarias de seguridad y registro sanitario
Puedes leer y descargar el decreto completo aquí:
https://www.invima.gov.co/images/stories/aliementos/decreto_3075_1997.pdf