Decreto 1944 de 1996

Se reglamentó la fortificación de la harina de trigo. Este reglamento se aplica a a la harina de trigo que se comercializa en el territorio nacional para la venta directa al consumidor, como para la elaboración de productos de panadería, pastelerías, galletería, pastas alimenticias y otras.

La harina de trigo que se comercialice en el territorio nacional deberá estar fortificada con vitamina B1, vitamina B2, niacina, ácido fólico y hierro. 

 

Puedes leer y descargar el decreto completo aquí:

https://www.invima.gov.co/images/stories/aliementos/decreto_1944_1996.pdf